Con la finalidad de dar a conocer a nuestros clientes las limitantes respecto a las disposiciones fiscales vigentes, nos permitimos por medio del presente hacer de su conocimiento los gastos que para efectos del Impuesto Sobre la Renta podrán ser deducibles por concepto de gastos realizados en las fiestas de fin de año.
Cena de fin de año
Se debe contar con un expediente, el cual debe contener:
- Lista del personal asistente.
- Programa del evento.
- Reporte del cumplimiento de objetivos anuales y de próximo año.
Los requisitos son:
- Comprobante Fiscal Digital de los insumos utilizados o Servicio Contratado con su respectivo XML.
- Los gastos mayores a $2,000.- deben pagarse mediante transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta de crédito o débito.
- Sí la cena se realiza en un lugar externo al lugar de trabajo (un restaurante, salón por ejemplo) el pago debe realizarse mediante transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta de crédito o débito.
- Las propinas no son deducibles.
Obsequios al personal
Los obsequios que se otorguen al personal deben cumplir con lo siguiente:
- Ser entregados de manera general a todos los empleados o mediante una rifa en la que participe todo el personal.
- La compra de los obsequios debe estar respaldada con un CFDI y XML.
- Los gastos mayores a $2,000.- deben pagarse mediante transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta de crédito o débito.
Obsequios a clientes
- Relación del personal que recibió el obsequio debidamente firmado.
- Ser entregados de manera general a todos los clientes.
- La compra de los obsequios debe estar respaldada con un CFDI y XML.
- Los gastos mayores a $2,000.- deben pagarse mediante transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta de crédito o débito.
Ponemos a tu disposición nuestros consultores del área de impuestos.