El aviso de cambio de domicilio fiscal se puede realizar a través del portal, en las oficinas del SAT o ahora también en la oficina virtual
Oficina Virtual para cambio de domicilio de asalariados
Para realizar el cambio se agregará un cuarto párrafo a la regla 2.5.11. “Cambio de domicilio fiscal”, de la RMF para 2022:
Los contribuyentes que únicamente perciban ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, podrán realizar este trámite a través de la oficina virtual.
Dicha ficha de trámite es la 77/CFF “Aviso de cambio de domicilio fiscal a través del portal del SAT, en la oficina virtual”.
Los contribuyentes que únicamente perciban ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, podrán realizar el trámite.
El trámite se presentara de forma digitalizada en formato PDF lo siguiente:
- Identificación oficial vigente del contribuyente, que puede ser cualquiera de las señaladas en el apartado. I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.Identificación oficial vigente del contribuyente, que puede ser cualquiera de las señaladas en el apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.
- Si el domicilio no se encuentra visible en la credencial para votar vigente o en alguna otra de las identificaciones señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2 Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF, deberá presentar adicionalmente:
- Comprobante de domicilio, que puede ser cualquiera de los señalados en el apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del Anexo 1-A de la RMF (original).
- La credencial para votar vigente emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE), se deberá presentar por ambos lados.
- Formato de aviso al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a través de Oficina Virtual.
Puedes descargar la primera versión anticipada de la Octava Resolución de Modificaciones de la RMF para 2022 aquí o en el portal del SAT / Fecha de publicación: septiembre de 2022.